Articulo 14 de la carta Magna

La constitución española de 1978, aceptada por todos los españoles, hombres y mujeres, en libre derecho como país democrático y refrendado en 1981, en su artículo catorce dice:

Artículo 14.

Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Esto, no se cumple por los políticos, por el poder judicial y por las asociaciones feministas a favor del maltrato al hombre, por el simple motivo de nacer hombre.

Artículo 20. Carta Magna

1. Se reconocen y protegen los derechos:

A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

A la libertad de cátedra.

A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

viernes, 25 de febrero de 2011

Navarra: Aprobado el dictamen de la ley foral sobre custodia de los hijos.

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=703774
Aprobado el dictamen de la ley foral sobre custodia, enmendada por UPN y PSN(Navarra)

Pamplona, 24 feb 2011(EFE).-

La Comisión de Presidencia, Justicia e Interior del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy el dictamen de la proposición de ley foral sobre custodia de los hijos en los casos de ruptura de la convivencia de los padres, que había sido presentada por IUN-NEB y que ha sido ampliamente enmendada por UPN y PSN.


Tras las modificaciones introducidas a partir de las enmiendas aprobadas a iniciativa de UPN y PSN, el objeto de la proposición de ley se reduce a "regular el régimen de la guarda y custodia de los hijos menores de edad", señala el Parlamento de Navarra en un comunicado.

A tal fin, para que la decisión que se tome sobre la custodia atienda al interés superior de los hijos menores y a la "igualdad" de los progenitores, "se adoptarán las medidas necesarias y se facilitará el acuerdo de aquellos a través de la mediación familiar".

http://padresdivorciados.blogspot.com/2011/02/navarra-aprobado-el-dictamen-de-la-ley.html

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