Articulo 14 de la carta Magna

La constitución española de 1978, aceptada por todos los españoles, hombres y mujeres, en libre derecho como país democrático y refrendado en 1981, en su artículo catorce dice:

Artículo 14.

Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Esto, no se cumple por los políticos, por el poder judicial y por las asociaciones feministas a favor del maltrato al hombre, por el simple motivo de nacer hombre.

Artículo 20. Carta Magna

1. Se reconocen y protegen los derechos:

A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

A la libertad de cátedra.

A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

domingo, 30 de enero de 2011

Ley Integral contra "la Ley de Violencia de Género"

La teoría en la que se inspira la fracasada "Ley Integral contra la Violencia de Género" es que la violencia contra la mujer, los feminicidios, es la respuesta del “macho dominante” a los deseos de emancipación y libertad de la mujer. El varón apegado a formas de conducta ya periclitadas, el varón educado en la familia y la religión judeocristianas, en el patriarcado, niega el derecho a la autonomía de su pareja y a partir de un determinado límite resuelve el conflicto matándola.

Naturalmente, dado que es una ideología bastante chapucera, no existen datos que corroboren o apoyen tales hipótesis. Todo lo contrario.

Si la hipótesis de la “perspectiva de género” fuera verdad, la violencia y, sobre todo, los asesinatos se darían en mayor medida en las personas educadas de forma más tradicional que en las personas jóvenes. Sin embargo, la tozuda realidad demuestra que las cosas no son así: la inmensa mayoría de homicidas son menores de 40 años, y el veinte por ciento menores de 30. Las homicidas mayores de 50 años, el grupo en teoría más peligroso por su supuesto “patriarcalismo”, apenas representan el 40 por ciento de los casos.

Si la teoría fuera cierta, las personas con mentalidad tradicional deberían cometer más homicidios que las más “liberales” o “progres”. Pero no es así. Las personas unidas por matrimonio religioso presentan una menor tendencia al homicidio que las unidas por matrimonio civil, y a su vez, éstas muchísimo menos que las que viven como pareja de hecho. Casualmente, las estadísticas demuestran que existen 10 veces más posibilidades de homicidio en una relación de pareja de hecho.
De  Katia Escobar Hurtado

No hay comentarios:

Publicar un comentario